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Ley 21275 Seguridad nacional – Suspensión del ejercicio del derecho a salir del país. -Leyes y decretos de la dictadura-

Ley 21275
Seguridad nacional – Suspensión del ejercicio del derecho a salir del país previsto en el artículo 23 de la Constitución Nacional.

Considerando: Que constituye una primordial responsabilidad de gobierno consolidar la paz interior y preservar los permanentes intereses de la República.
Que el estado de sitio implica la suspensión de las garantías constitucionales con la vitalidad de proteger tan vitales objetivos de la Nación.
Que la suspensión del ejercicio del derecho de opción para salir del país, que confiere el artículo 23 de la Constitución Nacional, se ha estatuido en salvaguarda de los intereses esenciales del Estado.
Art. 1º- Quedan automáticamente sin efecto todas las solicitudes de opción para salir del país que se hayan presentado durante la vigencia de ese derecho, cualquiera sea la etapa en que se encuentre su tramitación.