Ir al contenido principal

Requerimiento. 1513.

De parte de S. M. Don N. Rey de Castilla, etc., yo N., su criado, mensajero y capitán, vos notifico y hago saber como mejor puedo que Dios Nuestro Señor, uno y eterno, creó el cielo y la tierra, y un hombre y una mujer, de quién nosotros y vosotros y todos los hombres del mundo fueron y son descendientes procreados y todos los que después de nosotros vinieren; más por la muchedumbre de generación que de éstos nos ha procedido desde cinco mil y más años que ha que el mundo fue creado, fue necesario que los unos hombres fuesen por una parte y los otros por otra, y se dividiesen por muchos reinos y provincias, que en una sola no se podían sustentar e conservar.
De todas estas gentes Dios Nuestro Señor dio cargo a uno que fue llamado San Pedro, para que de todos los hombres del mundo fuese señor y superior, a quien todos obedeciesen, y fuese cabeza de todo el linaje humano, dondequiera que los hombres viviesen y estuviesen, y en cualquier ley, secta o creencia, y diole a todo el mundo por su señorío y jurisdicción. Y como quiera que le mandó que pusiese su silla en Roma, como en lugar más aparejado para regir el mundo, mas también le permitió que pudiese estar y poner su silla en cualquier otra parte del mundo y juzgar y gobernar todas las gentes: cristianos, moros, judíos, gentiles y de cualquier otra secta o creencia que fuesen. A éste llamaron Papa, que quiere decir admirable mayor padre y guardador, porque es padre y gobernador de todos los hombres. A este San Pedro obedecieron, y tomaron posesión Rey y superior del universo [sic] los que en aquel tiempo vivían; y asimismo han tenido a todos los otros que después de él fueron al Pontificado elegidos; así se ha continuado hasta ahora y se continuará hasta que el mundo se acabe. Uno de los Pontífices pasados que en lugar de éste sucedió en aquella silla e dignidad que he dicho, como señor del mundo, hizo donación de estas islas y tierra firme del mar Océano a los católicos Reyes de España, que entonces eran Don Fernando y Doña Isabel, de gloriosa memoria, y sus sucesores en estos reinos, nuestros señores, con todo lo que en ellos hay, según se contiene en ciertas escrituras que sobre ello pasaron, según dicho es, que podéis ver si quisiereis. Así que su majestad es rey y señor de estas islas y tierra firme por virtud de la dicha donación, y como a tal rey y señor, algunas islas más y casi todas a quienes esto ha sido notificado, han recibido a Su Majestad y le han obedecido y servido, y sirven, como súbditos lo deben hacer. Y con buena voluntad y sin ninguna resistencia, luego sin ninguna dilación, como fueron informados de lo susodicho, obedecieron y recibieron los varones religiosos que les enviaba para que les predicasen y enseñasen nuestra Fe; y todos ellos, de su libre y agradable voluntad, sin premio ni condición alguna, se tornaron cristianos y lo son; y Su Majestad los recibió alegre y benignamente, y así los mandó tratar como a los otros súbditos y vasallos: y vosotros sois tenidos y obligados a hacer lo mismo. Por ende, como mejor puedo, vos ruego y requiero que entendáis bien esto que os he dicho, y toméis para entenderlo y deliberar sobre ello el tiempo que fuese justo, y reconozcáis a la Iglesia por señora y superiora del universo mundo, y al sumo pontífice llamado papa en su nombre, y a Su Majestad en su lugar, como superior y señor y rey de las islas y tierra firme, por virtud de la dicha donación, y consintáis que estos padres religiosos os declaren y prediquen lo susodicho. Si así lo hiciereis, haréis bien, y aquello que sois tenidos y obligados, y Su Majestad, y yo en su nombre, vos recibirán con todo amor y caridad, y vos dejarán vuestras mujeres e hijos libres sin servidumbre, para que de ellas y de vosotros hagáis libremente todo lo que quisiereis y por bien tuviereis; y no vos compelerá a que os tornéis cristianos, salvo si vosotros, informados de la verdad os quisiereis convertir a la santa fe católica, como lo han hecho casi todos los vecinos de las otras islas; y a más de esto Su Majestad vos dará muchos privilegios y excepciones y os hará muchas mercedes. Si no lo hiciereis, o en ello dilación maliciosamente pusiereis, certifícoos que con la ayuda de Dios yo entraré poderosamente contra vosotros y vos haré guerra por todas las partes y manera que yo pudiere, y os sujetaré al yugo y obediencia de la Iglesia y de Su Majestad, y tomaré vuestras mujeres e hijos y los haré esclavos, y como tales los venderé y dispondré de ellos como Su Majestad mandare, y os tomaré vuestros bienes y os haré todos los males y daños que pudiere, como a vasallo que no obedece ni quieren recibir a su señor y le resisten y contradicen; y protesto que las muertes y daños que de ella se recrecieren sea a vuestra culpa, y no de Su Majestad, ni mía, ni de estos caballeros que conmigo vinieron y de cómo os lo digo y requiero, pido al presente escribano que me lo dé por testimonio signado.

Otros contenidos de Perspectivis

Contabilidad de una estancia de la Provincia de Buenos Aires en el siglo XIX. Documento histórico

Decreto sobre suspensión de honores al Presidente de la Junta y otros funcionarios públicos. 6 de Diciembre de 1810

En vano publicaría esta Junta principios liberales, que hagan apreciar á los pueblos el inestimable don de su libertad, si permitiese la continuacion de aquellos prestigios, que por desgracia de la humanidad inventaron los tiranos, para sofocar los sentimientos de la naturaleza Privada la multitud de luces necesarias, para dar su verdadero valor á todas las cosas; reducida por la condicion de sus tareas á no extender sus meditaciones mas allá de sus primeras necesidades; acostumbrada á ver los magistrados y xefes envueltos en un brillo, que deslumbra á los demas, y los separa de su inmediacion; confunde los inciensos y homenages con la autoridad de los que los disfrutan; y jamas se detiene en buscar á el xefe por los titulos que lo constituyen, sino por el voto y condecoraciones con que siempre lo ha visto distinguido. De aquí es, que el usurpador, el déspota, el asesino de su patria arrastra por una calle pública la veneracion y respeto de un gentío inmenso, al paso que...

Churchill, sobre la Guerra Fría, 1948

Cierto día el presidente Roosevelt me dijo que estaba reclamando públicamente sugestiones acerca del nombre que se podría dar a la guerra. Inmediatamente le di uno “La guerra innecesaria”. No hubo nunca una guerra más fácil de detener que la que ha hecho naufragar lo que quedaba del mundo después de la contienda anterior. Y la tragedia humana llega a su culminación cuando descubrimos que, después de todos los esfuerzos y sacrificios de millones de personas y de la victoria de la victoria de la causa justa, no hemos encontrado aún ni paz ni seguridad y que estamos a merced de peligros aún peores que los que hemos superado” Churchill, Winston. 1948

Oficio de la Junta de Buenos Aires a Juan José Castelli. 22 de Septiembre de 1810

( Oficio de la Junta a Juan José Castelli, le acompaña pliego cerrado para ser abierto ante la Junta de Comisión de la Expedición Auxiliadora a las Provincias Interiores ) Buenos Aires, 22 de Septiembre de 1810 Excelentísimo señor: Luego que vuestra excelencia se incorpore a el ejército, convocará a los individuos que formen junta de comisión, y abriendo el adjunto pliego, se les leerá a nombre de la Junta, avisando el resultado. Dios guarde a vuestra excelencia muchos años. Buenos Aires, veintidós de septiembre de mil ochocientos diez. Excelentísimo señor Cornelio Saavedra, Manuel Belgrano, Doctor Manuel Alberti, Juan Larrea Miguel de Azcuenaga, Juan José Pasó, Domingo Matheu, Doctor Mariano Moreno, Secretario. Senado de la Naciòn, Biblioteca de Mayo, Buenos Aires, 1966. T XIII, sumarios y expedientes, pág. 11481. ( Pliego al que se refiere el oficio anterior ) Buenos Aires, 22 de Septiembre de 1810 Los repetidos motivos de sentimiento que ha tenido esta Jun...

Tratado del Pilar. 23 de Febrero de 1820. (Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos)

Art. 1° Protestan las partes contratantes, que el voto de la Nación, y muy particularmente, el de las Provincias de su mando, respecto al sistema de gobierno que debe regirías, se ha pronunciado en favor de la federación, que de hecho admiten. Pero, que debiendo declararse por Diputados nombrados por la libre elección de los Pueblos, se someten a sus deliberaciones. A este fin, elegido que sea por cada Provincia, popularmente, su respectivo representante, deberán los tres reunirse en el Convento de Sn. Lorenzo, de la Provincia de Santa Fe, a los sesenta días contados desde la ratificación de esta convención: Y como están persuadidos que todas las Provincias de la Nación, aspiran a la organización de un gobierno central, se comprometen cada uno de por sí de dichas partes contratantes, a invitarías y suplicarles concurran con sus respectivos Diputados para que acuerden cuanto pudieran convenirles y convenga al bien general. ...

Los fundamentos del Plan Marshall 1947. Discurso de George Marshall en la Universidad de Harvard el 6 de Junio de 1947

No necesito decirles, señores, que la situación mundial es muy seria (…). Al considerar lo que se precisa para la rehabilitación de Europa, la pérdida física de vida, la destrucción visible de ciudades, factorías, minas y ferrocarriles, fueron correctamente estimadas, pero se ha hecho obvio en los últimos meses que esta destrucción visible era probablemente menos seria que la dislocación de toda la fábrica de la economía europea (…). La verdad de la cuestión es que las necesidades de Europa para los próximos tres o cuatro años en alimentos y otros productos esenciales procedentes del exterior, principalmente de América, son tan superiores a su presente capacidad de pago, que tienen que recibir una ayuda adicional sustancial o enfrentarse con un deterioro económico, social y político de un carácter muy grave. El remedio consiste en romper el círculo vicioso y restaurar la confianza de la gente europea en el futuro económico de sus propios países y de ...

INFORME OFICIAL DEL SUBINSPECTOR DEL REAL CUERPO DE ARTILLERÍA DE BUENOS AIRES, FRANCISCO DE ORDUÑA, DIRIGIDO AL MINISTRO DE GUERRA DE ESPAÑA E INDIAS (BUENOS AIRES, 18 DE AGOSTO DE 1810)

La tarde del 24 se publicó, por bando general, la instalación de la nueva junta, con gusto de los de sana intención, por ver que a lo menos quedaba la legítima autoridad en el ex virrey, pero esta satisfacción duró poco. Aquella misma noche, reunidos los facciosos en el cuartel del cuerpo urbano de patricios, convinieron y pusieron en ejecución, ayudados de lo ínfimo de la plebe alucinada, el deshacer la junta publicada el día anterior; y a consecuencia de un escrito que presentaron ante el Cabildo, forjado por ellos y firmado por los jefes y varios oficiales urbanos, todos naturales de acá y por otros individuos de baja esfera, armados todos, pidiendo a la voz y con amenazas la deposición del presidente y vocales de la Junta, y que se reemplazasen con los que ellos nombraban, así hubo de hacerlo el Cabildo; y se publicó el día 25 la nueva Junta muy a su gusto, y con dolor de los sensatos y más honrados vecinos, compuesta del comandante del cuerpo urbano de patricios, presidente coman...