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L. De La Torre (1868-1939) |
El debate sobre estos proyectos que ha tenido lugar en la Cámara de
Diputados y las modificaciones que se introdujeron por la Comisión de
Presupuesto de la misma, con anterioridad al debate, prueban la razón que
tuvimos el señor senador por la Capital, doctor Palacios, y yo, cuando
instamos al Honorable Senado a no tratar estos proyectos a la carrera.
Sometidos los proyectos a un análisis más minucioso en la otra Cámara,
resulta más injustificable que nunca la precipitación con que ha procedido
este cuerpo.
[…] ahora ya sabemos a qué atenernos; ahora la hojarasca del juego de las
compensaciones ha sido aventada, demostrándose que se emitirán muchos
millones de pesos en provecho del Poder Ejecutivo.
El “truc” estaba en los artículos 12º, y 13º, de la última de las leyes, la de
organización, y dicen: el 12, “Después de cumplidas las disposiciones del
artículo anterior y una vez apartados los fondos requeridos por el gobierno
nacional a los fines del cumplimiento del artículo 5º de la ley de creación del
Banco Central, la comisión organizadora determinará, ad referéndum del
Poder Ejecutivo, el monto definitivo de los fondos de reserva del Instituto
Movilizador destinados a posibles quebrantos”. Y el 13º: “La diferencia,
entre el monto inicial de la reserva constituida, conforme al artículo 2º de la
ley de creación del Instituto Movilizador y el fondo definitivo según el
artículo anterior, será transferido al gobierno nacional, el cual lo destinará
íntegramente a la cancelación de la deuda flotante bancaria”.
El mecanismo que funciona detrás de estos dos artículos no puede ser más
sencillo: los 677.000.000 de la revaluación, que se había dicho que eran
para el Instituto Movilizador de las inversiones bancarias, no son para el
Instituto Movilizador, pues el Poder Ejecutivo se reserva, por el artículo 13º,
la facultad de disponer a su antojo, en el momento que se le ocurra, sin
consultar al directorio del Banco Central, sin consultar al directorio del
Instituto Movilizador, de disponer de él, fuera de la parte limitada que se
asigna al Instituto Movilizador, de todo el resto para el pago de deudas. El
pago de deudas, lo mismo públicas que privadas, lo mismo flotantes que
consolidadas, no puede hacerse sino teniendo efectivo o librando cheques, y
eso, más tarde o más temprano, es la emisión.
Consumado el error de sancionar estos proyectos, podrá discutirse si la
emisión llegará a 600, 1.500 o a 300.000.000, pero emisión, inflación,
habrá, lo que deja en muy mala posición a las seguridades en sentido
contrario que dio reiteradamente el señor ministro de Hacienda.
Otro concepto general que es necesario aclarar y rechazar con motivo de la
discusión de estas enmiendas, es la inexactitud de atribuir al señor
Niemeyer la verdadera paternidad de estos proyectos.
[…] El punto de partida del señor Niemeyer, ¿cuál es? Los gobiernos no
tienen nada que ver con los bancos centrales; los gobiernos no son
capitalistas de los bancos centrales, y en el proyecto que él redactó en el
año 1933 y que entregó al ministro de Hacienda, el gobierno no podía
suscribir capital y le estaba prohibido suscribir después acciones. ¿Qué dice
este proyecto? Entra en materia haciendo al gobierno suscribir la mitad del
capital y, enseguida, en un artículo perdido por ahí, establece que las
acciones son transferibles. Por consiguiente, no se impide que el gobierno
adquiera acciones por transferencia. No queda nada en pie del concepto
central del señor Niemeyer, respecto de las características que deben tener
los bancos centrales, y las consecuencias de esto solo son muy grandes.
Nuestro Banco Central, con el andar del tiempo y sin apartarse en nada de
la ley, podrá concluir siendo un Banco enteramente oficializado, y que en
tiempo no lejano el gobierno lo maneje como quiera.
[…] Vinculado con este mismo punto de la independencia del Banco Central
del gobierno, hay otro punto en que también este proyecto se aleja
enormemente de las ideas del señor Niemeyer, y es la constitución de su
directorio y el nombramiento de su presidente.
Para el señor Niemeyer el gobierno no debe tener nunca intervención; el
presidente y los directores deben ser nombrados por la asamblea de
accionistas con la salvedad que los nombramientos del presidente y
vicepresidente deben ser aprobados por el Poder Ejecutivo; una cosa es
aprobar un nombramiento que venga de los accionistas y otra cosa es
nombrar directamente como dispone este proyecto. Tampoco lo explica.
Cuanto más ha llegado a hablar del nombramiento del presidente y los
directores la primera vez con motivo de las observaciones que yo hice de
que el Poder Ejecutivo daba un manotón y se apropiaba durante siete años
de la presidencia del nuevo Banco y presenté eso como una demostración
de los propósitos absorbentes y dictatoriales que anidan en el fondo de este
proyecto. El señor ministro de Hacienda dijo: ¡Cómo propósitos
dictatoriales, si el señor Niemeyer es el que ha propuesto eso!, y es la
forma adoptada por el Poder Ejecutivo. El primer directorio lo nombra el
Poder Ejecutivo a propuesta de la comisión organizadora y esto es lo que ha
hecho el Poder Ejecutivo. Sí, lo ha hecho aparentemente, porque el señor
ministro se cuida muy bien de ocultar que una cosa era la comisión
organizadora que proponía el señor Niemeyer en su proyecto y otra cosa es
la comisión organizadora que ha constituido este Congreso y que ha proyectado el Poder Ejecutivo. La comisión organizadora del proyecto
Niemeyer se formaba con un representante de los bancos particulares, un
representante de los bancos extranjeros, un representante del Banco de la
Nación, un representante de la Comisión de Redescuentos, un
representante de la Oficina de Control de Cambios; mientras que en la
comisión organizadora de acuerdo con esta magnífica ley que se va a votar
el ministro de Hacienda puede nombrar cuatro empleadillos del ministerio.
La comisión organizadora del proyecto Niemeyer podía constituir un control,
un verdadero obstáculo para impedir un mal nombramiento y la comisión
organizadora de esta ley no.
Otra disidencia grave de este proyecto con las ideas del señor Niemeyer, y
que acentúa el abuso que se comete al invocar su nombre prestigioso para
pasar un contrabando, es el punto que mencioné en el breve diálogo con el
señor senador por San Luis: los documentos redescontables.
Para el señor Niemeyer no pueden existir sino dos clases de documentos
redescontables.
Primero los pagarés comerciales, con dos firmas a noventa días,
representativos de un movimiento real de mercaderías; segundo, los
documentos emergentes de transacciones sobre productos agrícolas y
ganaderos a ciento cincuenta días, máximo de plazo, con dos firmas.
Y estas restricciones, señor presidente, pueden llamarse clásicas y es
sorprendente que el señor ministro de Hacienda no haya entendido su
finalidad y haya admitido que pueda redescontarse cualquier documento,
desde el documento de favor, hasta el documento directo a un Banco no
representante de ningún movimiento real de mercaderías.
El proyecto del Poder Ejecutivo se había ajustado al del señor Niemeyer,
pero en el Congreso se le ha cambiado completamente el sentido, de
acuerdo con el ministro.
El señor Niemeyer, banquero muy experto, no puede dejar de hacer la
distinción que ahora no se hace en este proyecto criollo. La distinción entre
la solvencia de un documento y la influencia sobre el empapelamiento,
porque el empapelamiento no se evita porque los documentos sean
solventes.
[…] El señor ministro de Hacienda, al ser tomado “in fraganti” en este
cambio de ideas, entre el proyecto del Poder Ejecutivo y las modificaciones
fundamentales que introducen las comisiones de las dos Cámaras y adherir
él a ellas, tenía que defenderse de un cambio brusco de opiniones, y como
la defensa no era fácil, resolvió acudir a una táctica que suele ser eficaz, por lo menos socorrida; la de tomar la ofensiva, la de atacar en lugar de
defenderse, y eligió una manera que es también muy propia de su
modalidad y de su mentalidad: tratar de ignorantes a todos; todos somos
unos grandes ignorantes.
En la sesión del 30 de enero, haciéndose cargo de mis observaciones del día
anterior, dijo: “Ayer se ha indicado como una aberración propia del espíritu
con que este Banco nace, el que permita descontar papel con una sola
firma, además de la firma del Banco.
No hay tal aberración. Todo el que lea las leyes monetarias modernas y las
exposiciones de los teóricos modernos, en lugar de traer al Senado las
reminiscencias de viejos principios que hace ya rato están encarpetados,
sabrá que se puede sin peligro operar con una sola firma, y que es
imprescindible autorizarlo si se quiere que haya alguna clase de papel”.
Si esto fuera exacto, ¿cómo se explica que exigiera dos firmas y un
movimiento real de mercaderías el proyecto del Poder Ejecutivo que
suscribió el señor ministro? ¡Qué ignorancia de ministro! ¡Qué anacronismo
de ministro!
Pero es indudable, el único que tiene conocimiento es el señor ministro; el
único que ha leído la última revista del Midland Bank es el señor ministro; el
único que lleva su modernismo hasta contradecirse cada cinco minutos, es
el señor ministro.
A mí no me convence del todo; sospecho que su sabiduría es infundida por
el doctor Prebisch, y le sucede que a veces se olvida de lo que el doctor
Prebisch ha dicho y se producen las contradicciones; el doctor Prebisch va
por un lado y el ministro por otro.
El doctor Prebisch le escribe todos los mensajes, le prepara todos los
proyectos, le induce a aceptar los que considera inconvenientes, como
sucedió con el proyecto de precios mínimos; le redacta todos los reportajes,
le prepara todas las memorias, le hace todos los cálculos, incluso aquel del
juego de las compensaciones, y desde su estratégica situación de director
de la Revista Económica del Banco de la Nación, donde dispone de una nube
de empleados, le suministra todo el material de información bancaria y
monetaria que luego él exhibe como fruto de sus investigaciones
personales.
La revista del Banco aparece cada diez meses con un material recalentado,
pero el ministro está al día y puede hacer citas.
Para el señor ministro soy un opositor sistemático. Cuando oí ese apóstrofe
creí que me confundía con él en los tiempos en que era un militante del
socialismo y un demoledor implacable de la sociedad capitalista, a la que
hoy sirve con tan acendrado amor.
Valiéndose de un debate célebre entre Alberdi y Sarmiento, me comparó a
los gauchos malos de la política. Bastaría, señores senadores, que recordara
que en todos los tiempos esos gruesos dicterios han sido aplicados por
todos los oficialismos a todas las oposiciones, para que no diera mayor
importancia al inofensivo ataque. […]
No he de reclamar tampoco consideración alguna para una vida pública
próxima a su terminación, que se ha mantenido siempre en la misma
postura inicial, una vida pública que no se ha sentido jamás defraudada ni
amargada por no haber alcanzado las altas posiciones, cuyos halagos
efímeros enloquecen a los ambiciosos y a los insignificantes. […]
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