Episcopado de la Iglesia Católica Argentina
Pastoral del Episcopado de la Iglesia Católica Argentina
Revista Criterio, año IV, número 188.
La posición frente a las elecciones de 1931
Pastoral del Episcopado de la Iglesia Católica Argentina
Revista Criterio, año IV, número 188.
La posición frente a las elecciones de 1931
I.
Los que tienen derecho de votar, están
obligados, por regla general, a ejercitar su derecho, siempre que no se
interponga algún obstáculo de gravedad proporcional a la importancia de la
religión. Porque la abstención se convertiría en complicidad y en
responsabilidad ante Dios, siempre que ella pueda contribuir al triunfo de un
candidato indigno o a la derrota de un candidato notablemente mejor.
II.
Entre varios candidatos o listas aceptables,
desde el punto de vista católico, se ha de votar por los que, en conciencia,
parezcan más aptos para procurar el mayor bien de la religión y de la patria,
aunque no pertenezcan al partido propio. Porque el bien público es superior al
bien del partido.
III.
Cuando todos los candidatos o listas que se
presenten sean inaceptables, desde el punto de vista católico, se ha de votar
por los menos inaceptables, de cuya actuación se pueden temer menos perjuicios
para la religión y para la patria. En este caso, se evitará el peligro de
escándalo, sobre todo en el período de propaganda electoral con oportunas reservas
sobre el carácter circunstancial de la adhesión prestada, sin aprobar el
programa total.
IV.
Ningún católico puede afiliarse a partidos o
votar a candidatos que inscriban en sus programas los principios siguientes:
1ro. La separación de la Iglesia y del Estado, en el sentido antes
explicado.
2do. La supresión de las disposiciones legales que reconocen los derechos
de la religión, y particularmente del juramento religioso y de las palabras en
que nuestra Constitución invoca la protección de Dios, fuente de toda razón y
justicia; porque tal supresión equivale a una profesión pública y positiva de
ateísmo nacional.
3ro. El laicismo escolar.
4to.
El divorcio legal.
Comentarios
Publicar un comentario
Contanos tu experiencia Perspectivis